Información a Empresas o  Entidades

 

Información al alumnado

 

 

 

 

 

 

 

 

Información general sobre la Formación en Centros de Trabajo

Con la nueva Formación Profesional, las empresas desempeñan un papel muy importante en el proceso educativo de nuestros alumnos y alumnas. Se trata de facilitarles la posibilidad de practicar y conocer de cerca la realidad laboral como parte de su proceso educativo y conseguir de esta manera profesionales más competentes  y eficaces.

 

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¿Qué es el módulo de Formación en Centros de Trabajo?

¿En qué consiste la colaboración de su empresa o entidad colaboradora?

¿Qué relación se establece?

¿Qué ventajas puede reportar a la empresa el tener un alumno/a en prácticas?

¿Qué compromisos adquiere su empresa o entidad colaboradora?

¿Cuántas horas diarias nuestros alumnos/as pueden estar en el centro de trabajo?

¿De qué manera se compensa a su empresa (o entidad colaboradora) por su participación en la formación de nuestro alumnado?

¿Existe seguro?

 

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¿Qué es el módulo de Formación en Centros de Trabajo?

Es una asignatura más de las que obligatoriamente deben cursar nuestros alumnos/as para su formación académica. Esta asignatura debe realizarse en una empresa o entidad (institución, asociación, O.N.G.), donde el alumno/a podrá observar y desempeñar las funciones propias de las distintas ocupaciones relativas a su futura profesión, conocer la organización de los procesos productivos y las relaciones sociolaborales en el centro de trabajo. Para ello estará orientado y asesorado por dos personas (una de la empresa o entidad y otra de nuestro instituto), responsables del seguimiento y evaluación de las actividades que desarrollen en el lugar de trabajo.

 

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¿En qué consiste la colaboración de su empresa o entidad colaboradora?

En ofrecer a uno o más de nuestros alumnos/as de los Ciclos Formativos, formación práctica en su empresa durante un período que varía según el ciclo. Para regular la estancia del alumno en su empresa se firma un convenio de colaboración con nuestro Instituto donde se establecen los acuerdos y normas que rigen estas prácticas.

 

 

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¿Qué relación se establece?

Al establecer su empresa y nuestro instituto un convenio administrativo, no existe relación laboral alguna entre el alumno y el centro de trabajo. Los alumnos no percibirán cantidad económica alguna a cargo de la empresa o institución por la realización de las prácticas.

 

 

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¿Qué ventajas puede reportar a la empresa el tener un alumno/a en prácticas?

a)       Colabora en la preparación de un futuro profesional  al que tendrá la posibilidad de conocer en su faceta de cualificación laboral y técnica.

b)       Recibe colaboración inmediata de un potencial trabajador que siempre supone una mejora del ambiente de trabajo, por su actitud de servicio y ganas de aprender.

c)       Cubre sus necesidades futuras de profesionales preparados, favoreciendo su competitividad en el mercado.

d)       La FCT puede ser un mecanismo de inserción en la propia empresa, ya que le aporta una mayor información que le será de gran ayuda a la hora de seleccionar y contratar nuevo personal.

e)       Presta su colaboración en la educación de nuestros alumnos/as y a cambio dispone de su apoyo en el desarrollo del trabajo de su centro.

 

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¿Qué compromisos adquiere su empresa o entidad colaboradora?

¨       Designar a una persona que ejerza de instructor. Esta persona será la encargada de supervisar la práctica y facilitar la adquisición de conocimientos y habilidades por parte del alumno.

¨       Diseñar, junto a nuestro profesor-tutor de FCT, un programa de trabajo para el alumno (Programa formativo).

¨       Ofrecer, si es posible, a nuestro alumno o alumna una visión lo más amplia posible de todas las actividades de su centro.

 

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¿Cuántas horas diarias nuestros alumnos/as pueden estar en el centro de trabajo?

El horario de los alumnos/as se ajustará al horario laboral del centro de trabajo, que puede variar entre 5 y 8 horas diarias en turno de mañana y/o tarde. Este horario se acordará, antes de iniciar el periodo de prácticas. La incorporación del alumno/a se realizará en el mes de mes de octubre o en el mes de enero, depende del ciclo formativo. Durante las vacaciones escolares no podrán realizar prácticas.

 

 

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¿De qué manera se compensa a su empresa (o entidad colaboradora) por su participación en la formación de nuestro alumnado?

Las empresas o entidades colaboradoras de carácter privado recibirán de la Consellería de Educación y Ciencia una subvención, en concepto de apoyo a los gastos que les ocasiona el desarrollo de la FCT en sus dependencias.

 

 

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¿Existe seguro?

. Además del Seguro Escolar que cubre los accidentes que pudiera sufrir el alumno, existe un seguro adicional para cubrir daños a terceros o responsabilidad civil, suscrito por la Consellería de Educación y Ciencia.

 

 

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FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCT)

En todos los ciclos se cursa un módulo de Formación en Centros de Trabajo, que se lleva a cabo en empresas o instituciones donde el alumnado completa y aplica las competencias profesionales aprendidas en el Instituto mediante la realización de diferentes actividades en un ambiente de trabajo real, en el que puede desarrollar las funciones propias de la profesión.

     

 

 

ACCESO A LA FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCT)

La FCT se realizará durante el segundo curso escolar, por lo que el alumnado deberá formalizar la matrícula de dicho módulo.

Podrá acceder a la FCT:

Si se han superado todos los módulos.

Si el equipo educativo decide el acceso aún teniendo módulos suspendidos en la convocatoria extraordinaria cuya suma horaria sea igual o menor de 240 horas.

     

 

 

EXENCIÓN DE LA "FCT"

Podrán quedar total o parcialmente exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales que se cursan.

 

 

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